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lunes, 12 de mayo de 2014

Una Entrevista al CLÍTORIS...

 ENTREVISTA AL CLÍTORIS

Contrario a lo esperado, no fue difícil contactar al clítoris para esta entrevista. Bastó una llamada y una invitación a sentarse en el banquillo de los órganos para que aceptara. “Y eso –dice este órgano eminentemente femenino- que no estoy acostumbrado a que los periodistas me busquen… Es más, me da la impresión de que también me evitan”. Dice vivir sorprendido por el resquemor que genera en muchos la sola mención de su nombre y asegura, sin titubear, que “soy el órgano más estigmatizado y perseguido de la historia, sobre todo en ciertas culturas, tal vez porque fui creado para cumplir con una única función: proporcionar placer”.

¿Por qué se llama así?

Mi nombre tiene origen en la palabra griega kleitoris, que significa “pequeña elevación”. Y déjeme decirle que aunque me llamo así desde que me conozco, durante diez siglos se ocultó mi existencia…

¿Y eso por qué?

Créame que durante la Edad Media, e incluso mucho más allá de la época moderna, hablar de mí se consideraba pecado. Entienda usted que habito en una parte del cuerpo femenino que aún hoy genera sonrojos.

¿Y cuál es la razón?

Empiezo por decirle que soy el único órgano humano que tiene como propósito exclusivo el de proporcionar placer. Si a eso sumamos que este placer está ligado a lo sexual y a la figura femenina, tan minimizada y oprimida durante tanto tiempo, pues ya se puede imaginar la que se arma cuando mi nombre sale a flote…

Pero con el pene pasa lo mismo…

No… Ni se le ocurra comparar. Del falo, que no es un órgano exclusivo para el placer (pues también tiene fines reproductivos), hasta se han levantado monumentos; su figura no es ajena para nadie. Si invita a alguien a que se imagine la figura de los dos órganos, la del pene viene a la mente de inmediato… Para la gente ni siquiera tengo forma.

Ya que estamos en éstas, ¿cómo es usted?

Muchas personas piensan que soy un pene pequeño, y aunque soy un vestigio de la formación de dicho órgano, están muy equivocados. Soy como una Y invertida de tejido eréctil (cuerpos cavernosos que se llenan de sangre cuando se estimulan). Mi tamaño varía, pero lo que se ve es una especie de glande que mide, en reposo, medio centímetro más o menos. En estado de erección puedo hasta triplicar mi tamaño.

¿Cómo así que erección?

Sí, señor, no se aterre. En ese centímetro escaso tengo ocho mil terminaciones nerviosas muy sensibles, más del doble de las que tiene el pene; el estímulo desencadena una serie de reacciones que hacen que estos cuerpos cavernosos se llenen de sangre, me aumenten el tamaño y multipliquen mi sensibilidad… No es para menos: estoy conectado con más de 15 mil terminaciones nerviosas en la región pélvica. Mejor dicho, soy la llave maestra de un complejo, pero maravilloso, mecanismo de placer… Y disculpe que me eche tantas flores.

A ver: usted es el vestigio de un pene, tiene nombre masculino, pero es ciento por ciento femenino. ¿Eso no le causa problemas de identidad?

(Risas) Todo lo contrario. Soy por antonomasia la identidad femenina, en todas las hembras mamíferas. Quizá por eso he sido tan estigmatizado.

¿Se siente perseguido?

Hoy no tanto, pero qué tal si le digo que da pena revisar los libros de anatomía de veinte años para atrás. Pensaban que yo no era sino la parte externa, lo que se ve, cuando en realidad soy diez veces más de lo que aparecía en las revistas médicas y algunos consultorios.

¿Qué tiene usted que ver con el orgasmo?

Le reitero que soy un órgano de placer y no exagero si le digo que soy responsable de por lo menos ocho de cada diez orgasmos. En lo demás intervienen otras partes del cuerpo, pero ese no es mi asunto.

Tengo una curiosidad: ¿Es cierto que los señores tienen orgasmos más rápido porque usted es demasiado exigente y pide mucho tiempo?

Veo, por su sonrojo, que no solo le ha pasado, sino que tampoco me conoce. Déjeme darle una cifra: si me tratan como se debe yo puedo responder en un lapso de uno a cuatro minutos. Lo noto incómodo, mejor pregunte otra cosa…


¿Es cierto que a usted también lo afecta la impotencia y que se deteriora con el tiempo?



Más que sonrojarse muérase de la envidia: crezco con el tiempo y en la menopausia puedo multiplicar mi tamaño. Y por esa razón soy responsable de que las señoras reporten desde esas edades un sexo glorioso, que deja a los hombres boquiabiertos.

Una mujer puede vivir sin usted…

Eso no es cierto. Que algunos salvajes piensen que como mi función es el placer hay que extirparme, para controlar, someter y limitar el derecho de las mujeres a sentir, no cambia la esencia de lo que es: una mutilación criminal, que las hace sufrir profundamente. Pero le cuento algo: esos que me cercenan tampoco me conocen y no logran sacarme del todo. Basta un poco de mí para cumplir con mi función, que es dar placer. Ahí sí que me esmero. Y lo digo con mucho orgullo.

¿Quiere decir algo más?

Sí: me aburre que hablen de mí sin conocerme; con esta entrevista no busco salir del clóset, sino que empecemos a hablar de una parte vital del cuerpo humano sin tanto tabú y sin tanto sonrojo. Y que me llamen a los cuatro vientos por mi nombre: ¡Clí-to-ris!




Por Carlos Francisco Fernández- asesor médico de El Tiempo

Texto extraído de: primerahora.com

martes, 10 de enero de 2012

cambió de sexo y volvió a casarse con su esposa


Un hombre cambió de sexo y volvió a casarse con su esposa


Se habían separado pero ella lo eligió nuevamente, ahora como una mujer.

Londres. Agencias - 10/01/12

Igual que muchas parejas, Barry y Anne Watson quisieron renovar sus votos matrimoniales. Pero, en este segundo ritual de unión, la pareja había sufrido una gran transformación respecto de la primera celebración, nueve años atrás: Barry ahora era una mujer llamada Jayne .

“Al principio, Anne se puso furiosa cuando le dije que quería un cambio de sexo”, le dijo Jayne, de 43 años, ex conductor de autobús al periódico británico The Daily Mirror , que publicó la historia el domingo pasado.
“Nuestro matrimonio estaba pasando por problemas y ella pensó que yo la había estado engañando con otra mujer. Pero yo sólo quería ser una”, siguió relatando el caso Jayne.

Y agregó: “Anne llegó a aceptarme por lo que yo quería ser y, como Jayne, ella me encanta. La renovación de nuestros votos parecía la mejor manera de decirle al mundo lo felices que estamos con nuestras nuevas vidas”.

Anne, de 53 años, agregó: “Me entristecí por la pérdida de Barry, pero había partes de Jayne que me gustó conocer. Ahora nos sentamos y nos reímos y hablamos de peinados, de ropa y de maquillaje”, dijo la mujer al Mirror .

“Para mí, nuestra segunda boda fue más especial que la primera ya que sabía que Jayne finalmente estaba a gusto con lo que era”, explicó Anne.

Aunque Jayne se sentía una mujer desde joven y llegaba a vestirse como una en algunos momentos, cuando fue mayor se sintió desesperada por “encajar” e intentó iniciar relaciones con chicas. En 1995 conoció a Anne y se llevaron bien enseguida. “A pesar de mi crisis de identidad, sentí mucha atracción por Anne”, dijo Jayne.

Según sigue relatando The Daily Mirror , después de salir durante seis meses, la pareja se fue a vivir a una casa en Halifax, West Yorkshire. Y en 2002 se casaron.

Sin embargo, Barry todavía estaba en conflicto con su identidad de género y en 2008 contó todo. “Fue difícil decirle a la mujer que amaba que yo también quería ser una mujer”, explicó Jayne.

Finalmente, después de pensarlo mucho, Anne decidió apoyar a su marido: “Y poco a poco me di cuenta de que a pesar de que mi marido quería ser una mujer, mis sentimientos hacia el no habían cambiado”.
Barry empezó a vestirse como una mujer e inició un tratamiento con hormonas femeninas para suavizar su piel y reducir el pelo del cuerpo.

Y el año pasado la pareja reafirmó sus votos.

sábado, 3 de septiembre de 2011

CREAR REGISTRO DE ABUSADORES YA!

¿QUÉ ES UN REGISTRO DE ABUSADORES?




Mostración pública implementada en Bogotá

Se trata de leyes, que permiten que los Poderes Judiciales, ante sentencia firmes coloquen en lugares accesibles para el conocimiento de la Sociedad, la identidad de los abusadores, sus fotografías, sus datos cívicos, sus actos delictivos cometidos en este sentido, tiempo de condena, y su registro de ADN, para analizar su rastro genético si al momento de concretar el delito sexual, no haya podido ser identificado por la víctima.

En la Argentina, tan sólo está vigente en la provincia de Mendoza. En Tucumán, a pesar de que la Fundación Adoptar, ha elevado su proyecto a la Cámara Legislativa, y haberse aprobado como Ley 7.810, el Poder Ejecutivo del Gobernador José Alperovich, nunca lo reglamentó.

Las discusiones técnicas de los abogados defensores de este tipo de delincuentes o las profanas, sobre la legitimidad o inconstitucionalidad de estas normas, ya han pasado por los criterios de muchos legisladores, a nivel internacional y del Derecho Comparado, que han considerado, a este tipo de Registros como muy útiles para la población.

Podemos ver un mapa de los estados, que en los Estados Unidos, optaron por este tipo de prevención.

Rudolf Von Ihering, en su libro “La lucha por el Derecho” expresa que los Pueblos han debido luchar incansablemente por el equilibrio entre el Derecho y la Injusticia.

A propósito dice: “El nacimiento del derecho ha sido acompañado regularmente como el de los hombres…de violentos dolores de parto.”

Por ello, a pesar de que ciertamente a los delincuentes pueda perjudicarlos este tipo de registraciones, son las sociedades las que deberán decidir si llegó ya la hora de denunciarlos debidamente y de un modo adecuado a la comisión de ese tipo de delitos, o por el contrario continuar sosteniéndolos bajo un manto de un estado de extraña conmiseración llamada humanismo o garantísmo, dejando de lado el sufrimiento de las víctimas.

Es importante responder algunas preguntas tendientes a determinar la efectividad de una Ley de Registro de Condenados por Delitos Sexuales:


1.- UNA NORMA DE ESTAS CARACTERÍSTICAS ¿QUÉ VENTAJA OFRECE A LA POBLACIÓN?.

Su propósito es amparar a la víctima potencial para que el delito no ocurra.

La Norma, propone ofrecer a la población una herramienta de conocimiento previo, sobre un tipo de delincuente con características especiales como es la sagacidad, la inteligencia, la violencia más la acción directa sobre seguro que poseen, generalmente ante personas con menores capacidades físicas para defenderse.

Un efecto muy importante a considerar es el altísimo grado de reincidencia del abusador, que en muchos casos remata el acto con la muerte de la víctima.

Es dable recordar, que las normas penales, no otorgan protección, sino pena para el delincuente, una vez que cometió el delito, proceso éste, que en la mayoría de los casos es difícil probar lo que termina, en un calvario para la víctima o el desestimiento de iniciar o continuar las acciones judiciales que corresponden.


2.- QUÉ ORGANÍSMO DEBE ADMMINISTRAR EL SISTEMA YA QUE UNA LEY DE ESTA NATURALEZA PUEDE DAR LUGAR A MECANÍSMO DE CORRUPCIÓN

Tanto la protección como la administración de este tipo de Registros, de ninguna manera pueden estar en manos de las fuerzas de seguridad (policía), ya que son organismos que no cuentan con la confianza de la población.


3.- ¿LOS REGISTROS DE ABUSADORES DEBEN ESTAR EXPUESTOS PÚBLCAMENTE?

Sí, es imprescindible que esto sea así, por cuanto no podría cumplir el objeto de su naturaleza, si estuviera guardado por algún organismo del Estado, sometiendo al interesado en que para pedir los antecedentes deba justificar un interés legítimo, como se ha leído algunos proyectos en el Congreso de la Nación Argentina.

En este sentido, cabe preguntarse: Si tiene esta norma el interés fundamental de proteger y prevenir, ¿cómo una persona, que quiera lograr el objeto de la norma, podría probar o justificar un interés legítimo, para hacerse acreedor a la certificación del Registro de Abusadores?

Este tipo de legislación, debe dar la posibilidad a la comunidad de ser utilizada como herramienta de prevención pública. Debe ser de fácil acceso para cualquiera que desee consultar su archivo. Debe estar expuesta en una página de Internet.

Debe ser actualizada permanentemente por el Poder Judicial, sobre nuevas condenas firmes, lugar colocado en una página de Internet, a la cual se pueda acceder desde cualquier computadora.

En el caso del cambio de domicilio de los condenados, éstos deberán comunicar a dicho Registro y exhibir al frente de su casa las características y el cumplimiento de la condena al que fue sometido como asimismo los motivos claros de su sanción penal.

Esto permitiría que el delincuente, no modifique su estado registral cambiándose de domicilio, sino que su presencia o actividad quede públicamente mostrada.

En el caso de la Ley Megan de Estados Unidos, se trató de dos violadores, que vivían al frente de la casa de la niña. Su familia no había conocido tal circunstancia y por ello no pudo tomar las prevenciones del caso.

La violación de la niña Megan, fue seguida de muerte por cremación.


4.-
¿EL ABUSADOR ES UN ENFERMO?

No, no es un enfermo dado que es capaz en todo sentido de conocer la criminalidad del acto que ejecuta y el dolor físico y moral que provoca en la víctima.

El grado de reincidencia es altísimo, como las características del hecho en el cual despliega un grado de perversión que en muchas ocasiones, para no ser descubierto ejecuta la muerte de la víctima.

Para que se comprenda. Este tipo de delincuentes no tiene como intención, cuando ejecuta el acto, el placer sexual, sino que utiliza la zona genital, para ostentar un poder, efecto éste que en la realidad, es lo que le produce el placer que persigue, sin solución de continuidad.

Por ello, no vale de nada la amputación de los testículos, de su órgano sexual, de sus dedos, ya que utilizará cualquier elemento, para lograr sus intenciones.

Llamarlo y considerarlo enfermo es excluirlo automáticamente de la posibilidad de ser juzgado, por cuanto ninguna enfermedad es punible, ni a ninguna persona, se la juzgó ni fue a la cárcel por estar enferma.

Inconscientemente, cuando queremos demostrar nuestro bronca decimos “ese enfermo”, frase ésta, que, repetimos, lo excluiría de la culpa.


5.-
¿SE DEBE INTERPRETAR QUE EL REGISTRO DE ABUSADORES ES IMPORTANTE PARA BAJAR LA TASA DE LOS DELITOS SEXUALES?

De ninguna manera, ya que el sentido y espíritu de la norma legal, no debe ser una cuestión profiláctica, sino una herramienta de prevención para la víctima.


6.- ¿ESTE TIPO DE LEYES NO IMPLICA LA TRANSGRESIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS DEL DELINCUENTE?

De ninguna manera. Que uno o varios violadores, por vía sumaria, hayan logrado que se dicte la inconstitucionalidad del Registro de Abusadores, no representa un inconveniente para que la Sociedad pueda y deba plantear una norma de estas características.

La opinión de los delincuentes en este sentido o no interesa o no puede ser considerada por la Comunidad, ya que son las personas de ese Pueblo, y nada más que ellos, los que decidieron que el acto de violación es antijurídico y cuales son las herramientas que tiene o precisa para defender su vida, su salud y su patrimonio.

Es, no por casualidad, esa Comunidad la que deberá pensar cómo reprime esas conductas antisociales. El Registro de Abusadores, es una opción.

No se puede admitir, que los Derechos de unos estén por sobre el de otros, ni tampoco aceptar que además del dolor que provoca un abusador, aún les cabe la potestad para decidir, si se le vulnera (casualmente a ellos) un derecho constitucional, suspendido arbitrariamente por él cuando realizó el acto en contra de su víctima.

Tampoco se conoce que una Sociedad civilizada, consulte o tenga en consideración la opinión de un delincuente, menos aún cuando lo que busca el consultado es la impunidad para su próxima violación, teniendo en cuenta el grado altísimo de reincidencia.


7.- ¿EL REGISTRO DE ABUSADORES IMPLICA UNA SANCIÓN CIVIL, O UNA DOBLE PENA QUE SE LE IMPONE A ALGUIEN QUE ESTÁ CUMPLIENDO O CULMINÓ LA CONDENA QUE LE CORRESPONDÍA POR AQUEL DELITO?

Como cualquier ciudadano, el abusador, antes de la comisión del delito, tuvo la libertad de determinar si lo que hacía era bueno o malo.

La víctima, por el contrario, nunca tuvo ni tendrá ninguna opción, ni antes, ni después. Por el contrario, quizá deba cargar el hecho de por vida, como una circunstancia que le vulneró de modo aberrante su intimidad y su libertad sexual.

El efecto o resultado en la salud mental, emocional, espiritual o psicológica de la víctima, y que además genera connotaciones de interés público, son los motivos que justifican la condena del que la provocó.

El alto grado de reincidencia del abusador, obliga a la Sociedad a tener registrado dónde está físicamente para hacer uso de un derecho individual y social, como es la protección y prevención de su salud y su vida de las personas y es ese Estado, el que para ello, debe considerar un sistema de protección como el que dichos Registros propone.

Ni los Pueblos, ni las víctimas, luego de ocurrido el hecho, tienen el deber de aceptar que el delito recaiga sobre ellos.

Por ello, esas Sociedades, son las únicas que deberán evaluar la necesidad de castigar o dejar pasar este resultado perverso que el delincuente conoce que provoca, so pretexto de alguna enfermedad que lo aqueja, o el derecho humano individual del delincuente, que tan sólo lo considera para él y en preservación de una nueva conducta delictiva que reiterará, sin lugar a dudas.


8.-LA SOCIEDAD ARGENTINA ¿PRECISA UNA NORMA CON ESTAS CARACTERÍSTICAS?

La realidad lo demuestra a diario. El Registro de Abusadores es una herramienta social y humanitaria para la preservación de las personas, antes que pasen a la categoría de victimas.

Debe estar por encima de la opinión del delincuente, como en cualquier Ordenamiento Jurídico. Es un delito que vulnera, por tiempo y daño indeterminado, las libertades individuales de los “ofendidos” (expresión debidamente jurídica no psicológica).


9.- ¿ES UNA HERRAMIENTA IMPORTANTE PARA LOS NIÑOS?

Para el caso de los niños, niñas y adolescentes, el Registro de Abusadores es importantísimo.

Ellos mismos y sus padres tendrán la posibilidad de equilibrar el Derecho, a la inocencia del niño y al menos prevenir, el accionar de delincuentes sexuales especializados, que cuentan con tecnología de última generación, métodos modernos de birlar las leyes y hasta el cobijo de organizaciones o grupos de personas y funcionarios pro pedófilos, que utilizan artimañas de toda clase para enmascarar semejante impunidad.

10.- ¿LA CASTRACIÓN QUÍMICA ES OTRA SOLUCIÓN POSIBLE?
Haciendo clic acá podrá responderse la pregunta en detalle.
Megan Kanka
Megan Kanka
 Caso Megan
El 29 de Julio de 1994, Megan Kanka, una niña de 7 años fue violada y estrangulada. El agresor fue identificado como Jesse Timmendequas de 35 años de edad.
Este caso impulso una polémica ley federal, conocida como la ley Megan.

Entre otras cosas esta ley establece que los convictos por agresión sexual a menores, al alcanzar la libertad estarán sujetos a la obligatoriedad que tendrá el Estado en notificar a los vecinos de donde viva el ahora ex convicto sobre la presencia de éste en la zona.

En julio de 1994, Megan Kanka salió a jugar con su bicicleta en Hamilton, New Jersey. En la acera de enfrente de su casa recientemente se había cambiado Jesse Timmendequas, que había sido convicto en dos ocasiones por agresión sexual contra menores.
Jesse Timmendequas
Jesse Timmendequas
Esa tarde de julio, Megan se puso a charlar con su vecino, que le ofreció mostrarle una mascota que tenía en su casa. Allí la violó y la estranguló hasta dejarla sin vida. Luego, tiró su ropa a la basura. Su cuerpo fue hallado, más tarde, en medio de un bosque solitario totalmente calcinado.

Este homicidio provocó que la madre de Megan, Maureen Kanka presionara al congreso para crear y aplicar la conocida “Ley Megan”, que entró en vigor el 31 de octubre de 1994 que establece un procedimiento de registro y notificación para que los vecinos deben saber cuándo un ex violador se muda al barrio.

No olvides ver mas detalles de la Ley Megan

jueves, 26 de agosto de 2010

Las leyes sexuales más disparatadas

Las leyes sexuales más disparatadas del planeta

Una recopilación de las leyes en torno al sexo más ridículas, aberrantes y extrañas que podemos encontrar en los códigos penales de diferentes países de todo el mundo.

Aunque desde hace tiempo podemos encontrar en la blogosfera diferentes anotaciones que recogen algunas de las leyes sexuales más controvertidas en el mundo, por ejemplo ésta publicada en la bitácora Peluche, los autores del blog Medical Insurance han querido dar un paso más allá y han elaborado una divertida infografía (en inglés), que muestra hasta donde pueden llegar los legisladores en materia de sexo. A continuación te presentamos algunas de las más curiosas y disparatadas (vía menéame):
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En Guam
, una isla del Pacífico reconocida como territorio no incorporado a los EEUU, está prohibido casarse siendo virgen . Es por ello que existen hombres con la curiosa profesión de desvirgar a las mujeres que vayan a contraer matrimonio, cobrando incluso por ello. Nos queda la duda si ocurre lo mismo con los varones.

Algunos países de Oriente Medio reconocen una controvertida ley islámica que permite tener relaciones sexuales con corderos, pero por otra parte prohiben comer la carne del animal copulado. Exactamente la ley reza así: «Después de tener sexo con un cordero, es pecado mortal comer su carne».
 
Aún vamos más allá, porque en Líbano a los hombres se les permite practicar la zoofilia, con la única condición de que los animales con los que se mantiene sexo sean hembras. Cuidado porque en caso contrario el castigo es la pena de muerte.
 
Las leyes islámicas tampoco permiten que los musulmanes miren los genitales de un cadáver. Ni siquiera los enterradores. Para ello, los difuntos deben llevar siempre un ladrillo o una madera cubriendo sus partes íntimas.

En Barhein, los legisladores han dictado (ingenuamente) que, para evitar su excitación, los ginécologos sólo pueden examinar las vaginas de sus pacientes a través del reflejo de un espejo.

En Hong Kong no hay piedad para el adulterio pero hay una drástica diferencia; a una mujer engañada se le permite matar a su marido siempre y cuando lo haga con sus propias manos. Si el engañado es el marido, entonces puede matar a su mujer de cualquier forma.

En Indonesia la masturbación está castigada con decapitación.

En el departamento boliviano de Santa Cruz no es lícito mantener relaciones con una mujer y su hija al mismo tiempo.

En Cali (Colombia), una mujer sólo puede tener sexo con su marido, y la primera vez, su madre tiene que estar presente.

En un país como los Estados Unidos es ilegal usar especies en peligro de extinción, salvo insectos, para espectáculos sexuales o exhibiciones inter-especies.

Parece ser que en el estado de Washington está prohibido que los hombres se acuesten con mujeres vírgenes. Así pues, salvo que allí también exista la profesión del desvirgador de Guam comentada anteriormente, no nos explicamos cómo perderán la virginidad las mujeres de esta región.
Si a alguna mujer se le ocurre acostarse con un hombre en una ambulancia en Tremonton (Utah) ha de saber que será acusada y su nombre será publicado en un periódico local. Al hombre no le pasará nada. No sabemos si la ambulancia puede estar parada o en movimiento.

Seguimos en Estados Unidos y vamos hasta Romboch (Virginia), donde parecen abogar por el ahorro de energía ya que es ilegal practicar sexo con la luz encendida.

Para el grueso de los mortales, en Nevada no es lícito practicar sexo sin condón. En cuanto a los miembros legislativos de este estado norteamericano (abogados, jueces y legisladores), son aún más restrictivos: ninguno de ellos podrá disfrazarse de pene durante una sesión legislativa.

Por último, para terminar con esta estrambotica recopilación, comentar que en los hoteles de Sioux Falls (Dakota), todas las habitaciones deben tener dos camas, separadas entre sí por lo menos 70 centimetros. Hasta aquí todo bien, pero la ley subraya que está prohibido mantener sexo en el espacio que hay entre los catres.
http://www.abc.es/20100826/medios-redes/bitacoras-201008261110.html